Opinión

SOCIEDADES DE PENSAMIENTO… «Ley Atenco», De Tufo Dictatorial Y Fascistoide

Por Carlos Monroy Hermosillo

* La democracia parlamentaria en México en fase de franca descomposición.

* ¿Dónde quedan las responsabilidades del Mando Único?

«La mayoría no sólo representa siempre la ignorancia, sino también la cobardía. Y del mismo modo que de cien cabezas huecas no se hace un sabio, de cien cobardes no surge nunca una heroica decisión».

Adolfo Hitler

Toluca, Méx.- No sin cierto grado de razón alguien decía que «de los embutidos como de las leyes mejor ni ver cómo se hacen porque te va a dar asco». Es el caso de la «Ley Atenco» o Ley que Regula el Uso de la fuerza Pública», recientemente aprobada por la mayoría de los integrantes de la LIX Legislatura del Estado de México, que criminaliza la protesta social y atenta contra los derechos humanos, pues faculta a la policía estatal y municipales al uso de la fuerza pública cuando se considere «ilegal» alguna manifestación o protesta de cualquier grupo social.

La ley promovida por el gobernador Eruviel Ávila Villegas, erigido como gran legislador, es de corte dictatorial y tufo fascistoide; muestra, una vez más, la degeneración de la democracia representativa en México y a nuestros políticos como realmente son. En expresión de Adolfo Hitler: «Aquella categoría de hombres cuya única convicción es su falta de convicción, aparejada a una arrogante insolencia y un arte refinadísimo en el mentir». Sólo así se explica el por qué los legisladores mexiquenses votaran a favor, y que los «parlamentarios» perredistas fueran llamados a cuentas por el CEN de su partido, obligados a recular y publicar un pronunciamiento que pone el acento en la defensa de los derechos humanos y de un Estado democrático de derecho, una falacia en este país.

 

La Ley Atenco otorga a los elementos policiacos la posibilidad de usar armas de fuego; también permite el uso de esposas rígidas, semirrígidas, de eslabones, candados de pulgares y cinturones plásticos; y de armas intermedias como el bastón PR-24, tolete o su equivalente. Además, dispositivos de descargas eléctricas, inmovilizadores o candados de mano, sustancias irritantes en aerosol, y equipo autoprotector, entre ellos escudos, cascos, chalecos y medios de transporte a prueba de balas.

 

En su artículo 23 posibilita la intervención de los cuerpos de seguridad en operativos de desalojo, lanzamientos y embargos. Pero en contraste, en caso de abusos policiacos exime de responsabilidad al gobernador y alcaldes, y la delega apenas a los mandos operativos, quienes serán también víctimas pues muy probablemente podrán ser utilizados cómo chivos expiatorios ante posibles excesos cometidos en y durante el desempeño de sus funciones represoras. ¿Y dónde quedan  las responsabilidades del Mando Único, tanto para el gobernador como para los presidentes municipales?

Nunca será tarde para corregir y demandar la inconstitucionalidad de la mentada ley, pero sí es un hecho que los legisladores mexiquenses se han convertido en verdaderas sabandijas parlamentarias. Forman parte de la historia del parlamentarismo democrático mundial en su fase de franca descomposición en México. Otra vez retomo al Führer (Jefe, caudillo, conductor, dirigente, leader): «Si para desgracia de la humanidad honrada, tal sujeto llega a ingresar en el Parlamento, entonces hay que tener por descontado el hecho de que la política para él se reduce ya sólo a «una heroica lucha» por la posesión perpetua de éste ‘biberón’ de su propia vida y la de su familia. Y cuanto más pendientes estén de ese biberón la mujer y los hijos, más tenazmente luchará el marido por sostener su mandato parlamentario».

 

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