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Portada.- Violencia de Género y Feminicidios

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Por: Raúl García

Desde los años en que las mujeres han luchado por una igualdad entre géneros y lograron poder hacer valer su voto en elecciones electorales, se han enfocado a querer y pedir más derechos llegando al punto de desplazar al hombre en el aspecto de atención de protección de los mismos, y la tan afamada igualdad de género por la que siempre prepondero el género femenino.

Seis de cada 10 mujeres se consideran poco valoradas en cuestión profesional, indica Adecco; la preferencia de género y la desigualdad salarial son algunas de limitantes.

Cuatro de cada 10 mexicanas de más de 14 años forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA), sinembargo la falta de igualdad con los hombres las hace sentir frustradas laboralmente, arroja el estudio «Mujer mexicana, éxito y competitividad laboral» de la firma Adecco.

Un 62% de las mujeres en el país opinan que no tienen el mismo reconocimiento que los varones en cuestión profesional, refiere por su parte la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

Dos de cada 10 mujeres no se consideran exitosas por la falta de oportunidades laborales (29%); descuido de su familia (22%) y la preferencia de género para ciertas posiciones (22%), de acuerdo con el documento.

La presencia femenina ha crecido rápidamente en los sectores productivos, sinembargo tres de cada 10 encuestadas reconocieron sentirse ‘estancadas’ en su profesión por carecer de oportunidades para ascender, un incremento salarial (51%) y falta de reconocimiento profesional (29%).

Aunque ocho de cada 10 entrevistadas se consideran exitosas, un 45% opina sentirse bien porque puede cumplir con sus objetivos de vida, mientras el 26% lo adjudica al balance entre sus intereses personales y profesionales. El 20% finca sus triunfos en la búsqueda constante de retos.

Aprendizaje continuo, conseguir un ascenso o más salario y tener nuevas responsabilidades profesionales son los motores que siete de cada 10 encuestadas relaciona con crecimiento profesional, según el informe de Adecco.[1]

Es importante entender que en esta sociedad que conformamos existen diversos tipos de violencia primordiales:

  1. a) La VIOLENCIA DOMÉSTICA. La violencia psicológica y física con el cónyuge, el maltrato infantil y el abuso de los niños.
  2. b) La VIOLENCIA COTIDIANA. Es la que venimos sufriendo diariamente y se caracteriza básicamente por el no respeto de las reglas, no respeto de una fila, maltrato en el transporte público, la larga espera para ser atendido en los hospitales o por servidores públicos, cuando nos mostramos indiferentes al sufrimiento humano, los problemas de seguridad ciudadana y accidentes
  3. c) La VIOLENCIA POLÍTICA. Es aquella que surge de los grupos organizados ya sea que estén en el poder o no. El estilo tradicional del ejercicio político, la indiferencia del ciudadano común ante los acontecimientos del país, la no participación en las decisiones, así como la existencia de las llamadas coimas como: manejo de algunas instituciones y las prácticas de Nepotismo institucional. También la violencia producida por la respuesta de los grupos alzados en armas, como lo son en nuestro país el narcotráfico en sus diferentes ramificaciones.
  4. d) La VIOLENCIA SOCIO-ECONÓMICA. Que es reflejada en situaciones de pobreza y marginalidad de grandes grupos de la población: desempleo, subempleo, informalidad; todo esto básicamente reflejado en la falta o desigualdad de oportunidad de acceso a la educación y la salud.
  5. e) La VIOLENCIA CULTURAL. La existencia de un México con comunidades nativas y campesinas, son distorsiones de los valores de identidad nacional y facilitando estilos de vida poco saludables.
  6. f) La VIOLENCIA DELINCUENCIAL. Delitos convertidos en conductas que asumen medios ilegítimos para alcanzar bienes materiales. Toda forma de conducta individual u organizada que rompe las reglas sociales establecidas para vivir en grupo.[2]

La violencia de género también es violencia, pero se nutre de otros componentes, diferentes a aquellos que caracterizan a los crímenes violentos convencionales: un sujeto pasivo femenino, un sujeto activo masculino y un contexto específico en el que germina la conducta criminal para doblegar y someter a la víctima. Violencia de género es violencia contra la mujer, pero no toda violencia contra la mujer es violencia de género. Esta presupone un espacio ambiental específico de comisión y una determinada relación entre la víctima y el agresor. Resulta difícil de imaginar esta clase de violencia perpetrada contra el género opuesto. La violencia es de género, precisamente, porque recae sustancialmente sobre la mujer. La violencia es poder y el poder genera sumisión, daño, sufrimiento, imposición de una voluntad, dominación y sometimiento. La violencia presupone, por lo general, posiciones diferenciadas, relaciones asimétricas y desiguales de poder [3]

La violencia de género implica todo esto, y mucho más, cuya hiperincriminación se justifica, precisamente, porque germina, se desarrolla y ataca en un contexto específico, el contexto de género. El ejercicio de esta clase de violencia, en sus más diversas manifestaciones, física, psicológica, económica, sexual, laboral, etc., como herramienta de poder y dominación que los Estados van comprendiendo que lo que hoy por hoy más preocupa es el modo de garantizar el derecho de todas las mujeres a vivir una vida sin violencia y sin discriminaciones.

En este contexto es importante resaltar el concepto de equidad, vinculado a la justicia, imparcialidad e igualdad social. El género, por otra parte, es una clase o tipo que permite agrupar a los seres que tienen uno o varios caracteres comunes.

Se conoce equidad de género a la defensa de la igualdad del hombre y la mujer en el control y el uso de los bienes y servicios de la sociedad. Esto supone abolir la discriminación entre ambos sexos y que no se privilegie al hombre en ningún aspecto de la vida social, tal como era frecuente hace algunas décadas en la mayoría de la sociedad.

De ahí que podamos establecer, por tanto, que para que tenga lugar la mencionada equidad de género se tienen que producir o generar dos situaciones concretas y fundamentales. Por un lado, estaría la igualdad de oportunidades y por otro, la creación de una serie de condiciones determinadas para que se puedan aprovechar las citadas oportunidades.

Una mujer no debe obtener menos que un hombre ante un mismo trabajo. Cualquier persona debe ganar lo que propio de acuerdo a sus méritos y no puede ser favorecida en perjuicio del prójimo. Un hombre y una mujer deben recibir la misma remuneración ante un mismo trabajo que contemple idénticas obligaciones y responsabilidades, y no como se está garantizando en esta nueva historia más trabajo, mas remuneración, más mujeres con el poder en las manos, llevando en ellas la bandera de víctimas de una sociedad que nunca las ha protegido.

Así esta lectura nos va llevando a una violencia enfocada contra las mujeres, que abarca una serie de atentados cuyo común denominador no es otro que la presencia de un sujeto pasivo femenino que es objeto de maltrato por su pertenencia a ese género y cuyo agresor se caracteriza por pertenecer al género opuesto. Esto es verdad, pero no lo es menos que la violencia de género tiene también, además de esta caracterización binaria de sus protagonistas, se podría entender de un componente subjetivo, misógino, que es el que guía la conducta de este trabajo. Por lo tanto y como antes se dijo, no cualquier ejercicio de violencia contra una mujer es violencia de género, sino sólo aquélla que se realiza contra una persona por el hecho de pertenecer al género femenino.[4]

Una segunda etapa, que representa un paso importante en la lucha contra el fenómeno de la violencia contra la mujer, es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, circunscribe su arco protector exclusivamente a la mujer, instalando la problemática de género en el centro del debate.

Entendiéndose, que la violencia contra la mujer implica una cuestión de género que trasciende el ámbito privado para convertirse en una cuestión de interés público.

La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, conforma un instrumento internacional que alude a la cuestión de género al condenar en forma expresa la discriminación contra la mujer en todas sus formas. A su vez, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer que controla la ejecución de la Convención, incluyó la violencia de género como un acto de discriminación contra la mujer.

La IV Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre la Mujer, celebrada en Beijing el 15 de septiembre 1995, se decanta por la perspectiva de género al establecer el alcance de la “violencia contra la mujer” como todo acto de violencia basado en el género, que se ha presentado históricamente como una manifestación desigual de las relaciones de poder entre hombres y mujeres, como una forma de discriminación contra la mujer y como una interposición de obstáculos contra su pleno desarrollo.

[1] http://expansion.mx/mi-carrera/2013/03/12/mexico-lejos-de-la-equidad-de-genero

[2] http://www.violencia.8k.com/violen.htm

 

[3] Ossola Alejandro, Violencia familiar, pag. 47, Advocatus, Córdoba, 2011.

 

[4] Alcale Sánchez María, De la sexualidad de la ley penal a la asexualización del problema de los malos tratos en el ámbito familiar, Anuario de Derecho Penal, N° 1999-200, Madrid.

 

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